La Corte de Constitucionalidad (CC) emitió sentencia confirmando la suspensión de la licencia a la Mina El Tambor (conocida como La Puya) y ordenó al Ministerio de Energía y Minas (MEM) que efectué la consulta comunitaria en el área.
Con esta decisión, son tres los proyectos mineros a los que CC ha suspendido la licencia y operación ya que en septiembre del 2018 confirmó la suspensión del campo El Escobal de Minera San Rafael y la semana pasada también emitió sentencia para mantener suspendida la mina Fénix de CGN.
Datos del sector refieren que las inversiones en riesgo llegarían a US$3 mil 100 millones. De estos, según Gálvez en el campo Fénix se han invertido US$800 millones y la Compañía Guatemalteca de Níquel (CGN) se preveía invertir otros US$1 mil millones con la intención de duplicar la producción.
Mientras que para El Tambor, también conocida como “Progreso VII Derivada”, se invirtieron alrededor de US$300 millones.
Según el vocero de la Gremial para el campo de Minera San Rafael la inversión fue de unos US$1 mil millones, aunque la empresa maneja la cifra oficial de US$506 millones.
En conjunto significaría unos 8 mil 500 empleos, entre directos e indirectos, agregó Gálvez.
El sector minero en Guatemala depende de la inversión extranjera y esas sentencias lo único que hacen es enviar señales negativas por lo que buscan otros países para destinar sus inversiones y transferencia de tecnología, expuso Gálvez. “En este momento no queda operando ninguna mina de metales y se observa que el futuro es obscuro para el sector”, agregó el directivo.
Recordó que tampoco se ha podido hacer exploración porque las sentencias de la Corte ponen en el mismo nivel las licencias de exploración que las de explotación. A eso se suma que desde el 2008 ha existido una moratoria en la cual el gobierno de Álvaro Colom, situación similar siguió en las administraciones de Otto Pérez Molina y Jimmy Morales, comentó.
“Ya son 12 años en los que el sector ha estado deprimido. Si antes ocupaba el puesto 95 de 130 atracción de interés para la actividad minera a nivel mundial países, hoy estamos en el puesto 129”, comentó el directivo.
A consideración de Gálvez ese tipo de sentencias ponen en riesgo otros proyectos de minería no metálica, hidroeléctricas u otros ya que Guatemala es un país donde los pueblos indígenas viven dispersos en todo el territorio y cualquier persona puede decir que sus derechos están siendo violados bajo el amparo de estas sentencias.
Rafael Maldonado, abogado que ha llevado varios de estos casos, dijo que con la sentencia en el caso de La Puya suman tres decisiones iguales para tres proyectos mineros en las cuales la Corte emite la suspensión y pide la consulta comunitaria a los pueblos indígenas.
Hugo Maul Figueroa, ex magistrado de la CC, menciona que a su criterio no se pueden hacer operativo el convenio 169 de la OIT, que establece este tipo de consultas, porque, aunque fue ratificado por el Congreso hace falta un reglamento para hacerlo operativo.
Caso La Puya
El Centro de Acción Legal y Social de Guatemala (Calas) informó que fueron notificados de la sentencia de la CC por el caso de La Puya, en la cual aparte de suspender la licencia, pide al Ministerio de Energía y Minas (MEM) que determine los datos demográficos de la población indígena que es afectada por el proyecto minero y le fija un plazo preparatorio de 12 meses para realizar el proceso de consulta establecido en el Convenio 169 de la OIT.
Según un comunicado de Calas, la CC estableció que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales debe ordenar Exploraciones Mineras de Guatemala, S.A. (propietaria de La Puya), que presente la actualización del Plan de Gestión Ambiental contenido en el estudio de impacto ambiental que le fue aprobado, en el plazo de 15 días.
MEM pide aclaración por caso Fénix y hará hoja de ruta para La Puya
El ministro de Energía y Minas, Alberto Pimentel, indicó que el 24 de junio del 2020 el ministerio fue notificado de la sentencia de la CC por el caso de la mina Fénix.
Luego de haber efectuado el análisis, dicha entidad presentó un recurso de aclaración y ampliación en contra de la sentencia debido a que, según explica el funcionario, no hay claridad en algunas instrucciones, entre estas si con la reducción del área de la licencia minera, la parte que sí cubriría la licencia puede o no continuar con la explotación del área.
Además, dijo que el MEM tiene conocimiento que existe un instrumento ambiental aprobado para un área mayor que la corte señala. La CC indicó que de los 247 kilómetros cuadrados que les autorizó ese ministerio la licencia, solo 6.28 kilómetros cuadrados tiene estudio de impacto ambiental (EIA).
Pimentel indicó que luego de que se aclaren esos puntos el MEM procederá a cumplir con la consulta comunitaria o procedimientos que se deriven de la sentencia.
También el 24 de junio dicho ministerio fue notificado de la sentencia de la CC respecto de la mina La Puya o Progreso VII derivada. Para este caso se hará la hoja de ruta para cumplir con lo establecido que incluye la realización de la consulta.
En breve
- 2016 y 2020: La Puya, se ubica en San José del Golfo y en San Pedro Ayampuc, departamento de Guatemala. La operación fue suspendida en el 2016 por un amparo definitivo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y de forma provisional por la CC. En junio del 2020 la CC emitió sentencia, confirmó la suspensión y ordena consulta comunitaria. Inversionistas del proyecto demandaron un arbitraje internacional en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) por US$300 millones.
- 2017 y 2018: En 5 de julio del 2017 la CSJ suspendió el área El Escobal de Minera San Rafael, ese mismo año emitió suspensión provisional la CC y la cual emitió sentencia en septiembre del 2018 indicando que podría operar pero antes deberá efectuar la consulta comunitaria la cual no se ha efectuado. El proyecto se ubica en el municipio San Rafael Las Flores, Santa Rosa.
- 2019 y 2020: La CC suspendió de forma provisional la licencia de la mina Fénix ubicada en El Estor, Izabal, en julio del 2019. En junio del 2020 emitió sentencia, también confirmando la suspensión y ordenando la consulta comunitaria. Además, reduce el área que cubre la licencia emitida por el MEM.
Original: Prensa Libre